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martes, 5 de marzo de 2013

Empeora la salud de Hugo Chávez

10:57 › VENEZUELA
Chávez, con una "nueva y severa infección respiratoria"


El ministro de Comunicación venezolano, Ernesto Villegas, leyó anoche por cadena nacional un nuevo parte médico, en el que informó sobre un empeoramiento de la evolución del Presidente, operado por cuarta vez por un cáncer hace más de dos meses. "Su estado general de salud continúa siendo muy delicado", expresó el funcionario, luego de comunicar que "existe un empeoramiento de la función respiratoria".

“Al día de hoy existe un empeoramiento de la función respiratoria relacionado con el estado de inmunodepresión propio de su situación clínica”, leyó el titular de Comunicación e Información, Ernesto Villegas, desde el Hospital Militar al que fue trasladado Chávez a su regreso a Caracas hace dos semanas. El funcionario agregó que el jefe de Estado recibe "quimioterapia de fuerte impacto, entre otros tratamientos complementarios".

"El estado general continúa siendo muy delicado", remarcó Villegas, quien destacó que el mandatario "se mantiene aferrado a Cristo y a la vida, consciente de las dificultades que está afrontando y cumpliendo estrictamente con el programa diseñado por el equipo médico de trabajo".

"El gobierno bolivariano continúa acompañando a los hijos y demás familiares del comandante en esta batalla plena de amor y espiritualidad y llama a todo nuestro pueblo a mantenerse en pie de lucha, incólume ante la guerra psicológica desplegada por laboratorios extranjeros con altavoces en la derecha corrupta venezolana, que busca generar escenarios de violencia como pretexto para una intervención extranjera", afirma el comunicado.

Chávez regresó a Venezuela el 18 de febrero luego de haber sido operado en diciembre, por cuarta vez, en Cuba, y desde entonces permanece internado en el Hospital Militar. Por su estado de salud, no juró aún el cargo que ganó en las elecciones de octubre con más de 8 millones de votos.

María Gabriela Chávez, una de las hijas del presidente, escribió anoche en su cuenta de la red social Twitter: "Todo mi Amor para ustedes! Seguimos aferrados a Dios! Gracias por los msjes d solidaridad! #momentodeoracion Venceremos! Con Dios siempre!".

lunes, 18 de febrero de 2013

Presidente Hugo Chávez está en Venezuela


Lunes 18 de Febrero de 2013, 04:25 am

Presidente Hugo Chávez está en Venezuela


El presidente de Venezuela, Hugo Chávez, arribó en horas de la madrugada de este lunes a la ciudad de Caracas, procedente de la La Habana. A través de cuenta Twitter el Mandatario expresó que “hemos llegado de nuevo a la Patria venezolana. Gracias Dios mío!! Gracias Pueblo amado!! Aquí continuaremos el tratamiento”.

El presidente de Venezuela, Hugo Chávez, arribó en horas de la madrugada de este lunes a la ciudad de Caracas, procedente de La Habana. El vicepresidente del país Nicolás Maduro detalló que el mandatario se encuentra en el Hospital Militar.

El presidente de Venezuela, Hugo Chávez, arribó a las 02.30 horas locales (07.00 GMT) de este lunes a la ciudad de Caracas, procedente de La Habana. A través de su cuenta en twitter el propio mandatario anunció: "Hemos llegado de nuevo a la Patria venezolana. Gracias Dios Mio!! Gracias Pueblo amado!! Aquí continuaremos el tratamiento".

El vicepresidente del país Nicolás Maduro, detalló en contacto telefónico con la estatal venezolana VTV que el jefe de Estado se encuentra en el Hospital Militar de la capital acompañado de su familia y algunos miembros del gabinete ministerial. Aprovechó la oportunidad para reconocer y agradecer las muestras de apoyo del pueblo para con el presidente Chávez.

Comentó que en el transcurso de los días darán mayores detalles sobre el estado de salud del presidente venezolano "seguiremos informando a nuestro pueblo sobre la salud y la batalla del presidente" Chávez.

Más temprano el mandatario venezolano escribió en su cuenta @ChavezCandanga “Gracias a Fidel, a Raúl y a toda Cuba!! Gracias a Venezuela por tanto amor!!!”

Igualmente, el Mandatario expresó que “sigo aferrado a Cristo y confiado en mis médicos y enfermeras. Hasta la victoria siempre!! Viviremos y venceremos!!!”.

Desde el pasado 1° de noviembre su línea de tiempo no registraba ninguna actividad cuando saludó a los graduandos de un diplomado en saberes africanos.

Los mensajes de bienvenida a través de la red social no se hicieron esperar y el ministro de Comunicación, Ernesto Villegas, manifestó que el “Presidente Chávez llegó a Venezuela. Palante, Comandante!”.

En tanto, el ministro de Ciencias y Tecnología, Jorge Arreaza, también se manifestó para expresar que “que clase de guerrero y luchador por la vida es nuestro Presidente! Bienvenido a tu Patria Comandante! Venceremos! Tod@s somos Chávez!”.

Arreaza agregó que “ya el Presidente se encuentra en su habitación en el Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo en Caracas, dispuesto a seguir con sus tratamientos”.

Por su parte, el canciller Elías Jaua, escribió el siguiente mensaje: “El Comandante Chávez en la Cuna de Bolívar. Que buen despertar para el pueblo noble de Venezuela. Vamos a seguir batallando y a vencer!!”.

De igual manera, el presidente de la Asamblea Nacional, diputado Diosdado Cabello, resaltó que “hoy la Diana Carabobo suena con más alegría en todos los rincones de la Patria, nuestro Comandante regresó”.

El jefe de Estado se encontraba en La Habana recuperándose de una compleja intervención quirúrgica realizada el pasado 11 de diciembre, tras la reincidencia de células malignas en la zona pélvica, área donde le fue detectada una lesión cancerígena en el año 2011.

El pasado 9 de diciembre, antes de partir a la capital cubana, el Presidente explicó que sus médicos tratantes consideraron que era “absolutamente necesario e imprescindible someterme a una nueva intervención quirúrgica”.

Desde entonces, el Mandatario ha seguido, "en la medida de las posibilidades", las principales tareas de la nación suramericana y "otras áreas afines a su responsabilidad al frente del Estado, mediante la revisión de documentación y reuniones con los principales dirigentes del Gobierno Bolivariano, ejerciendo su liderazgo con la toma de decisiones de política interna y externa".

viernes, 11 de enero de 2013

La Presidenta llegó a Cuba para saludar a Chávez

Cristina Fernández de Kirchner arribó hace instantes a La Habana con la intención de saludar al presidente de Venezuela que se recupera de una intervención quirúrgica. Sin embargo, la visita aún no está confirmada debido al delicado estado de salud de Chávez.




La presidenta Cristina Fernández de Kirchner arribó esta mañana al aeropuerto José Martí de La Habana, donde visitará al mandatario venezolano Hugo Chávez, quien se encuentra internado en esta ciudad desde el 11 de diciembre.

La Presidenta, que llegó a las 9 (7 hora local) y fue recibida por el canciller cubano Bruno Rodríguez Parrilla, se interiorizará personalmente del estado de salud de Chávez.

Cristina permanecerá en Cuba hasta mañana, donde emprenderá su gira por Emiratos Arabes, Indonesia y Vietnam.

miércoles, 14 de marzo de 2012

El fallo que pone en vereda a jueces y médicos

LA CORTE SUPREMA EXPLICO EL DERECHO AL ABORTO NO PUNIBLE Y FIJO PAUTAS PRECISAS PARA SU CUMPLIMIENTO

 



El tribunal despejó las dudas sobre el aborto no punible: toda mujer tiene ese derecho si hubo una violación. Además, los jueces dijeron que no es necesaria la denuncia judicial del abuso. Y determinaron pautas para la Justicia y el sistema de salud.

Por Irina Hauser


“Lejos de estar prohibido”, el aborto “está permitido y no resulta punible” cuando “el embarazo es consecuencia de una violación”. Vale para toda mujer. Es un derecho que se debe interpretar en forma “amplia” y sin distinciones “discriminatorias” que lo limiten a quienes padecen una discapacidad mental. Interrumpir la gestación producto del abuso sexual tampoco requiere ninguna clase de autorización judicial ni trámite burocrático. Así lo estableció la Corte Suprema, finalmente, en un fallo que aclara que ésa es la única interpretación posible del Código Penal y advierte que cualquier otra que intente obstaculizar el acceso al aborto no punible sólo pone a las mujeres en una nueva situación de “violencia”, pero “institucional”. El tribunal exhortó a funcionarios de la Justicia y médicos a dejar de judicializar estos casos, una “práctica” que calificaron tanto de “innecesaria e ilegal” como “cuestionable porque obliga a la víctima del delito a exponer públicamente su vida privada y es también contraproducente porque la demora que apareja pone en riesgo tanto el derecho a la salud de la solicitante como su derecho al acceso a la interrupción del embarazo en condiciones seguras”. La resolución conmina a las autoridades nacionales, provinciales y porteñas a aplicar “normas de alto nivel” y “protocolos hospitalarios” para atender “abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual”.

La sola mención de la palabra “aborto” fue tabú en la Corte años atrás, antes de su renovación en 2003. Si emergía, aparecía teñida de creencias religiosas, valores culturales o principios morales. La misma lógica que ha hecho que durante décadas la respuesta tanto del sistema de salud como de los tribunales haya sido introducir a las embarazadas víctimas de violencia sexual en laberintos judiciales interminables tendientes a agravar sus circunstancias más que a ampararlas. Ahora el alto tribunal decidió despojar el tema de esos condimentos y “fijar una doctrina” que resuelva “cómo interpretar el Código Penal”, explicó ayer el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, al presentar en sociedad el fallo, que pidió despegar de la discusión por la despenalización del aborto en general. La decisión fue unánime en sus resultados generales, aunque dos jueces –Enrique Petracchi y Carmen Argibay– hicieron votos aparte, más acotados.

“Hay una secuencia extendida de casos a lo largo y lo ancho del país que le dan al tema una gravedad institucional que requiere solución”, enfatizó Lorenzetti. La judicialización de los abortos no punibles, dijo ante periodistas, “afecta los derechos de la mujer” y muestra que “el sistema no está funcionando bien”, evaluó. Con este diagnóstico, explicó, la Corte decidió admitir como caso testigo el de A. G., una adolescente de Comodoro Rivadavia que fue violada por su padrastro cuando tenía 15 años. Su mamá optó por llevar el pedido de aborto a la Justicia para que se hiciera en un hospital público de modo de resguardar muestras genéticas que sirvieran para probar la violación. En la Justicia penal, juez y fiscal se declararon incompetentes, el fuero de familia rechazó la petición en primera y segunda instancia y, cuando el embarazo de A. G. ya tenía 20 semanas, la Corte Suprema de Chubut dio vuelta el enfoque y ordenó encuadrar el reclamo como un aborto no punible. Aunque descartó la necesidad de autorización, la firmó para saldar una polémica que se estiraba mientras la joven “presentaba síntomas depresivos” e “ideas suicidas” ante un “embarazo” que avanzaba y era “vivido” por ella como “un evento extraño, invasivo”.

El aborto se hizo el 11 de marzo de 2010. Pero un asesor general subrogante de la provincia recurrió a la Corte invocando “derechos del niño por nacer” y con el argumento de que el aborto sólo podía autorizarse si la víctima era “idiota o demente”, según su interpretación del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, la misma que suelen aplicar muchos de sus colegas y jueces. Para la Corte, la historia de A. G. es “susceptible de repetición”. No importa si el aborto ya se hizo. Por la controversia jurídico-histórica, a otras mujeres les podría pasar lo mismo. “Queremos evitarlo”, dijo Lorenzetti. Además precisó que la Argentina fue observada por organismos internacionales, entre ellos el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité por los Derechos del Niño, e intimada a eliminar los escollos que impiden el acceso a abortos no punibles. Omitir el tema puede “comprometer la responsabilidad del Estado Argentino”, admite el fallo.

El voto de la mayoría de los jueces supremos tiene dos ejes:

- Uno define los alcances del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, que fija que no es punible el aborto si el embarazo es producto de una violación “cometida sobre una mujer idiota o demente”. Para la Corte la única distinción que hace la ley es que quien sufre una discapacidad mental necesita que alguien lo represente para consentir la intervención médica. Cualquier otra lectura, dicen los jueces, es una “distinción irrazonable de trato respecto de toda otra víctima de análogo delito” cuando, además, la obligación estatal es proteger a todas las víctimas de la violencia sexual. “La pretensión de exigir a toda otra víctima de un delito sexual llevar a término un embarazo, que es la consecuencia de un ataque contra sus derechos más fundamentales, resulta, a todas luces, desproporcionada y contraria al postulado (...) que impide exigirles a las personas que realicen, en beneficio de otras o de un bien colectivo, sacrificios de envergadura imposible de conmensurar”.

No es punible toda interrupción del embarazo que sea consecuencia de una violación con independencia de la capacidad mental de su víctima”, despeja la Corte en forma contundente. Para desarticular el planteo del asesor tutelar chubutense, los jueces supremos dicen que ni la Constitución ni los tratados de derechos humanos que suscribe el país –y en que él se basa– prohíben la realización de abortos frente a embarazos producto de una violación sino que, al contrario, impide castigarlos en función de los principios de igualdad, dignidad y legalidad. Tampoco dicen nada del derecho a la vida o los abortos en general. En esa clave amplia dice que hay que leer el artículo 86 (que precisa los permisos para abortar), cuya vigencia y constitucionalidad ratifica.

- El otro eje alude a las consecuencias palpables de la judicialización de abortos no punibles a través de la exigencia de una autorización judicial. “Se sigue manteniendo una práctica contra legem (contra la ley) fomentada por los profesionales de la salud y convalidada por distintos operadores de los poderes judiciales nacionales como provinciales (...) exigiendo allí donde la ley nada reclama requisitos tales como la solicitud de una autorización para practicar la interrupción del embarazo producto de una violación, lo que termina adquiriendo características intolerables a la luz de garantías y principios constitucionales”. En este punto el tribunal cuestiona que queda expuesta “la vida privada” de la víctima y se pone en riesgo el “derecho a la salud” y a un aborto “en condiciones seguras”.

La Corte es taxativa: a una mujer que pide acceder a un aborto en esas circunstancias no se le puede pedir autorización alguna de un juez. Basta con que firme una declaración jurada que consigne ante el médico la situación de abuso, ni siquiera es imprescindible que haga una denuncia penal. De lo contrario la Justicia estaría interponiendo, dice la resolución, “un vallado extra” y “entorpece una concreta situación de emergencia sanitaria”. “Este tribunal –afirma el fallo– se ve en la necesidad de advertir a los profesionales de la salud la imposibilidad de eludir sus responsabilidades profesionales” y “recuerda a los operadores de los distintos poderes judiciales del país que”, según las excepciones del Código Penal, “es la embarazada que solicita la práctica, junto con el profesional de la salud, quien debe decidir llevarla a cabo y no un magistrado a pedido del médico”.

jueves, 1 de diciembre de 2011

Diputados aprobó proyecto que autoriza la "muerte digna"



El proyecto, con dictamen de las comisiones de Salud, DD HH y Legislación General, establece el consentimiento informado para que el paciente pueda elegir a qué prácticas quiere someterse y a cuáles no.


Según el texto, votado por 142 diputados a favor y 6 encontra, el paciente "tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad".

En ese marco, "el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado de forma fehaciente, tiene el derecho de manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación".
En el supuesto de incapacidad del paciente a brindar el consentimiento informado a causa de su estado físico "el mismo podrá ser dado por las personas mencionadas en el artículo de la ley 24.193" de donación de órganos.
Esa norma plantea que, en caso de que el enfermo no esté en condiciones de decidir por él mismo, quiénes podrán decidir sobre la vida del paciente son el cónyuge no divorciado que convivía con el enfermo, su pareja si hace más de tres años que están juntos, los padres, los hijos, hermanos y nietos mayores de 18 años y demás parientes hasta segundo grado.
Por último, la iniciativa establece que ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal ni administrativa.
Durante el breve debate en el recinto, apremiados por la inminente finalización del período de sesiones, los diputados resumieron en dos discursos la fundamentación de la iniciativa.
El titular de la comisión de Salud, Antonio Morante (Frentepara la Victoria) dijo que "por todos los medios se intentará mantener la vida, pero cuando ello no es posible se tiene que permitir evitar el dolor para que el paciente tenga una muerte tranquila y digna".
Por su parte Juan Carlos Vega, del bloque de la Coalición Cívica, dijo que este proyecto llega "para evitar la industria de la muerte", en referencia a los centros de salud, y consideró que "en realidad se trata de una ley de `vida digna`".

Según el texto, votado por 142 diputados a favor y 6 encontra, el paciente "tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad".

En ese marco, "el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado de forma fehaciente, tiene el derecho de manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación".

En el supuesto de incapacidad del paciente a brindar el consentimiento informado a causa de su estado físico "el mismo podrá ser dado por las personas mencionadas en el artículo de la ley 24.193" de donación de órganos.

Esa norma plantea que, en caso de que el enfermo no esté en condiciones de decidir por él mismo, quiénes podrán decidir sobre la vida del paciente son el cónyuge no divorciado que convivía con el enfermo, su pareja si hace más de tres años que están juntos, los padres, los hijos, hermanos y nietos mayores de 18 años y demás parientes hasta segundo grado.

Por último, la iniciativa establece que ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal ni administrativa.

Durante el breve debate en el recinto, apremiados por la inminente finalización del período de sesiones, los diputados resumieron en dos discursos la fundamentación de la iniciativa.

El titular de la comisión de Salud, Antonio Morante (Frente para la Victoria) dijo que "por todos los medios se intentará mantener la vida, pero cuando ello no es posible se tiene que permitir evitar el dolor para que el paciente tenga una muerte tranquila y digna".

Por su parte Juan Carlos Vega, del bloque de la Coalición Cívica, dijo que este proyecto llega "para evitar la industria de la muerte", en referencia a los centros de salud, y consideró que "en realidad se trata de una ley de `vida digna`".



miércoles, 9 de noviembre de 2011

Página/12: Un paso hacia la identidad de género


El proyecto que permite expresar en los documentos la identidad de género sin necesidad de reclamos judiciales ni intervenciones quirúrgicas fue aprobado en las comisiones de Legislación General y Justicia. Puede obtener media sanción.
 Por Soledad Vallejos
Apenas pasadas las cinco y media de la tarde, la diputada Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro) anunció que terminaba el plenario de las comisiones de Legislación General, que preside, y de Justicia, a cargo de su par Juan Tunessi (UCR), sentado a su lado. “En este momento, con la cantidad de firmas que tiene, el dictamen ya está en condiciones de pasar al recinto” de Diputados, dijo. La sala, repleta de legisladoras y legisladores de todos los bloques, incluso de otras comisiones –y hasta representantes con mandato cumplido–, integrantes de organizaciones de la diversidad sexual que se turnaban para entrar y presenciar el momento, y cámaras de TV, estalló en aplausos. El proyecto de ley de identidad de género acababa de dar un gran paso en su camino legislativo. Logró dictamen de mayoría con 25 firmas; el dictamen de minoría, según anunció su único firmante, Julián Obliglio (PRO), se opondrá al proyecto porque “una operación de genitales no determina el sexo de una persona”, argumentó.
Un corito, “¡sin demora, identidad ahora!”, empezó a ganar el ambiente, mientras sin esconder la sonrisa Ibarra y Tunessi procuraban que volviera a reinar cierta calma. Con dificultad sobrevinieron dos, tres minutos de silencio no completo; activistas de la diversidad se habían puesto de pie, ondeaban banderas, mostraban afiches. La reunión llegaba a su fin. “Felicitaciones a todas y todos los presentes”, dijo Ibarra. Todos respondieron con un coro de consignas: “¡Ley de identidad!”; “¿Cuándo?”; “¡Ahora!”. Luego, en diálogo con este diario, diputadas, diputados y activistas de la diversidad coincidieron: es altamente probable que el proyecto llegue al recinto antes del 10 de diciembre. Todo indica que hay consenso para que allí se apruebe. También aplaudían dirigentes y activistas del Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género, conformado por organizaciones como ATTA (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina), la Federación Argentina LGBT, 100% Diversidad y Derechos, el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), Futuro Transgenérico, la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual (Alitt) y la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
El proyecto dictaminado estipula que toda persona tiene derecho “al reconocimiento de su identidad de género” en sus documentos de identidad así como en sus datos registrales, “al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género” y “a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad”. Para todo ello, no se exigirán la intervención judicial (sí es necesaria actualmente), ni tampoco la intervención médica. Bastará el pedido de la o el interesado ante el Registro Nacional de las Personas para que el Estado reconozca y respete su identidad de género.
En caso de que quien lo pida sea menor de edad, se requerirá el consentimiento de sus tutores legales. Esto se enmarca en la propia definición de identidad de género que incluye la iniciativa: “La vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento”. Lo que la ley reconocerá, si el proyecto es aprobado en la Cámara de Diputados y, luego, en el Senado, es la “identidad de género autopercibida”: la construcción que la ciudadana o el ciudadano hagan de sí.
El texto, que logró dictamen de mayoría con firmas de integrantes de todos los bloques parlamentarios (entre ellos, FPV, PS, UCR, CC-ARI, PF, PRO, NE, PDP, GEN, Proyecto Sur, FAP), resultó de un consenso entre todas las iniciativas en tratamiento en las comisiones, de modo que, además de impulsar el reconocimiento a la identidad de género en los documentos, también contempla el acceso a la atención sanitaria integral en el sistema público de salud.
Apenas informó que el dictamen era un hecho, Ibarra auguró un futuro auspicioso para la ley. “Con este proyecto –dijo– buscamos reconocer derechos que han sido postergados durante muchos años.” En el mismo sentido se había expresado, un rato antes, la diputada Margarita Stolbizer, quien, además de señalar que ese inminente dictamen condensaba “una construcción política plural y de raíz social”, aseguró que el reconocimiento a la identidad de género era una cuestión de “justicia”. Al otro lado de la sala escuchaba Maiamar Abrodos, la actriz que –tal como contó Página/12– debió reclamar ante la Justicia porque un juez, aduciendo que iba “contra la naturaleza”, le había negado la posibilidad de intervenir quirúrgicamente su cuerpo para verse como se sentía. Ayer, aros largos y sonrisa brillante, Abrodos celebraba. “Es importante también porque este proyecto permite el reconocimiento de identidad de género antes de la mayoría de edad. Hay gente que no entiende, pero una sabe quién es ya desde chiquita. Si los que se oponen vieran mis fotos de infancia, entenderían todo.”

Página/12: Diputados debate la ley de muerte digna


12:34 › CONGRESO
En un plenario de las comisiones de Legislación General y Derechos Humanos se debate el proyecto de ley que regula los derechos de los enfermos "terminales" o en agonía, los deberes del personal sanitario que los atiende y las garantías que deberán cubrir hospitales y clínicas. La iniciativa, que consiguió dictamen la semana pasada de la comisión de Salud, pasará al recinto en el caso de recibir dictamen favorable.
La iniciativa, consensuada a partir de los textos de los diputados Carlos Vega y Gerardo Milman, recibió la semana pasada el aval de la mayoría de los bloques en la comisión de Salud, que preside el kirchnerista Antonio Morante. El proyecto "reconoce y asegura los proyectos autonómicos de la persona, como así también el respeto a su voluntad en el proceso de la muerte, incluyendo una declaración vital de voluntad", indica el documento.
"La persona que se encuentra en el proceso de muerte, agonía o terminal, tiene derecho a rechazar la intervención propuesta por los profesionales sanitarios", sostiene otro de los artículos del proyecto en debate. En la comisión de Salud, donde se aprobó la iniciativa, se resaltó que con la sanción de la ley no se dejarían "las puertas abiertas a la judicialización de la decisión del paciente".
El proyecto define como "consentimiento informado" a la "conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en pleno uso de sus facultades" para decidir sobre su proceso de muerte, tras haber recibido información o diagnóstico médico irreversible por parte de los profesionales.
Se trata de una manifestación escrita, que será incorporada a un "Registro de Voluntades Vitales Anticipadas", en la cual las personas "consciente y libremente" expresan "instrucciones que deberán respetarse en la atención sanitaria que reciba en caso de enfermedad terminal".
También, el proyecto impulsa la creación de un Registro de Objeción de Conciencia, en el que podrán ampararse los profesionales que no deseen tener responsabilidad en este tipo de casos terminales.

martes, 1 de noviembre de 2011

Cristina inaugura un Tomógrafo del Hospital Churruca



La presidenta Cristina Fernández de Kirchner inagurará hoy a las 18, mediante videoconferencia, un tomógrafo del Hospital Churruca, y dará inicio a las Obras del Programa de Refuncionalización Integral del Complejo.
La videoconferencia se realizará desde el Salón de la Mujeres Argentinas del Bicentenario de la Casa de Gobierno, desde donde se comunicará con el ministro de Salud, Juan Manzur, que se encontrará en la sala donde se encuentra el tomógrafo.

Previamente se realizará un recorrido por una ambulancia pediátrica y dos de alta complejidad, la Sala de Monitoreo, de Insectología, la Sala de Servicio de Diagnóstico por Imágenes.

Luego, Manzur y el Jefe de la Policía Federal Argentina (PFA), Enrique Capdevila, realizarán el corte de cinta e ingreso a la sala donde se encuentra el tomógrafo. Desde allí dialogará con la primera mandataria.

Una vez realizada la inauguración, la presidenta Cristina Fernández brindará un discurso.




miércoles, 26 de octubre de 2011

Inauguración Unidad Pronta Atención (UPA) en Lanús

25 de Octubre de 2011, Lanus: La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner asistió a la inauguración de una Unidad de Pronta Atención (UPA 24) en Lanús, se refirió al saneamiento del Riachuelo afirmando que "A nosotros más que prometer, nos gusta hacer" y pidió al gobierno de la Ciudad "que pongan la misma fuerza para colaborar".



CFK: Inauguramos un moderno centro de salud en Lanús, que atenderá consultas sin turno y emergencias de mediana y baja complejidad las 24 horas, lo que permitirá dar rápida resolución a la población y descomprimir la demanda del resto de las instituciones de salud y mejorar la situación sanitaria y de prevención.









martes, 23 de agosto de 2011

Télam: La Presidenta se interesó por la salud de Alfonsín, internado por una bronquitis aguda pulmonar


La Presidenta se interesó por la salud de Alfonsín, internado por una bronquitis aguda pulmonar

Por instrucción de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el ministro del Interior Florencio Randazzo se comunicó con Ricardo Alfonsín para interiorizarse por el estado de salud del diputado nacional, quien padece una "bronquitis aguda" y está internado en la clínica Bazterrica desde esta mañana.

Según informaron fuentes oficiales, Randazzo habló con la secretaria de Alfonsín de nombre Haydee y le expresó los deseos de Cristina de una "pronta recuperación" para al dirigente de la UCR.

El ministro del Interior le comunicó además que "estaba todo a disposición por lo que hiciera falta" y le informó que en el día de mañana volvería a comunicarse, en tanto que la secretaria le dijo que Alfonsín "estaba mejorando" de su cuadro clínico.



lunes, 25 de julio de 2011

Se reglamentó la Ley sobre la detección temprana de la hipoacusia

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley N° 25.415 sobre el Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia, a cargo del Ministerio de Salud que promover las políticas necesarias a los efectos de garantizar, progresivamente, la realización de una pesquisa auditiva a todos los recién nacidos en el territorio de la Argentina.

El Decreto 1093/2011, publicado hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández, el Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y el ministro de Salud, Juan Manzur.

La reglamentación establece que el Ministerio de Salud establecerá el procedimiento de diagnóstico temprano de la hipoacusia acorde al avance de la ciencia y la tecnología y a las posibilidades que presente la red federal sanitaria.

También fijará las prestaciones esenciales necesarias a incluir en el Programa Médico Obligatorio para la atención de la hipoacusia, las que se actualizarán toda vez que el avance de la técnica y la ciencia lo ameriten.

El Programa Nacional de Detección funcionará en el ámbito de la Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios del Ministerio de Salud y deberá coordinar sus acciones con aquellos programas existentes que estén relacionados con los lineamientos y objetivos de la ley que se reglamenta con el objeto de asegurar su eficiencia y eficacia.

En los considerandos menciona que la Ley Nº 25.415 estipula el derecho de todo niño recién nacido a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento si lo necesitare en forma oportuna, incluyendo la detección y tratamiento de la hipoacusia infantil entre las prestaciones obligatorias para las obras sociales y entidades de medicina prepaga.

Agrega que según datos actuales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) la incidencia de la hipoacusia se cifra en cinco de cada mil recién nacidos.
En los casos de hipoacusias moderadas a profundas, las cifras oscilan entre uno y tres por mil y en las hipoacusias severas a profundas los valores se sitúan aproximadamente en uno de cada mil recién nacidos.

En lo que respecta al diagnóstico de la hipoacusia infantil, la precocidad en la realización de los estudios exploratorios resulta de fundamental relevancia ya que advertir la deficiencia a tiempo permite iniciar en forma oportuna una rehabilitación temprana, evitando los impedimentos que la deficiencia auditiva produce en el desarrollo normal del lenguaje y de las capacidades cognitivas que de él se derivan.

Precisa además que la reglamentación tiene como objetivo impulsar el desarrollo, fortalecimiento e implementación de un Programa Nacional que coordine y administre las acciones existentes, planificando y desarrollando aquellas que se consideren necesarias a los efectos de garantizar progresivamente el diagnóstico y el tratamiento de la hipoacusia infantil a todos los recién nacidos en el territorio argentino.




miércoles, 20 de julio de 2011

Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos

CFK: Hoy, a través del decreto 1088, creamos el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos. El programa promueve medidas no eutanásicas, haciendo eje en la tenencia responsable de mascotas y la castración quirúrgica gratuita. Demanda de cariño y el cuidado de la salud humana. Tuvieron que pasar 60 años para volver a tomar medidas en tal sentido. Me dio pena no estar en el acto (viaje a Santa Fe) pero hoy en TV vi a Cleo, Martita y Vito. Morí de amor. ¿Quiénes son? Martita es mi bóxer, hija de Alex y Catalina. Cleo es mi Caniche Mini Toy y Vito es el Pug de Florencia. También estaba Cocó, la Caniche Mini Toy de Alicia K. y Victoria, la Border Collie de mi hermana. Solo faltaban Shuster y Samuel, el Schnauzer y el Caniche de Rocío y Máximo. Lógicamente no estaban porque viven en Río Gallegos.


SANIDAD ANIMAL

Decreto 1088/2011

Créase el “Programa Nacional de Tenencia
Responsable y Sanidad de Perros y Gatos”.
Bs. As., 19/7/2011

VISTO y CONSIDERANDO:

Que a fin de profundizar el cuidado y la
tenencia responsable de perros y gatos,
tendiendo al mejoramiento del estado sanitario
y al bienestar de los mismos y de la
comunidad, resulta propicio el dictado de
una norma que refleje la articulación de estas
premisas con la preservación de la salud
pública y la diversidad biológica.

Que la DECLARACION UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS DE LOS ANIMALES del año
1977 adoptada por la ORGANIZACION DE
LAS NACIONES UNIDAS (O.N.U.) y por la
ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y
LA CULTURA (U.N.E.S.C.O.) en su artículo
3º dispone que ningún animal será sometido
a malos tratos ni a actos crueles y que
si es necesaria la muerte de un animal, ésta
debe ser instantánea, indolora y no generadora
de angustia. Asimismo, el artículo 5º
establece que todo animal perteneciente a
una especie que viva tradicionalmente en el
entorno del hombre tiene derecho a vivir y
crecer al ritmo y en las condiciones de vida
y de libertad que sean propias de su especie
y que toda modificación de dicho ritmo o
dichas condiciones que fuera impuesta por
el hombre con fines mercantiles es contraria
a dicho derecho.

Que, asimismo, la ORGANIZACION MUNDIAL
DE LA SALUD, en el año 1990, elaboró
las “Guías para el manejo de la población
canina”, las que deben observarse en el
ámbito nacional.

Que, en nuestro país, el artículo 41 de la
CONSTITUCION NACIONAL dispone, entre
otros extremos, que las autoridades proveerán
a la preservación de la diversidad
biológica.

Que ya en el año 1891 se sancionó la Ley
Nº 2786 que declaró actos punibles los malos
tratamientos ejercitados con los animales,
previéndose penas de multa o arresto
para las personas que los ejerciten.

Que, con posterioridad, a través de la Ley
Nº 14.346 se impuso la prisión de QUINCE
(15) días a un año al que infligiere malos tratos
o hiciere víctima de actos de crueldad a
los animales.

Que a su vez, la Ley Nº 22.953, mediante la
cual se declaró de interés nacional en todo
el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA
la lucha antirrábica, estableció diversas
obligaciones y responsabilidades, tanto
para las personas que tienen animales bajo
su tenencia, así como para las autoridades
competentes, destacándose entre ellas la
de “aplicar el tratamiento adecuado o proceder
al sacrificio de animales cuando se
compruebe o sospeche que han sido contagiados
de rabia”.

Que, por su parte, y en función de sus atribuciones,
diversas provincias han sancionado
normas relativas a esta materia. Así,
por ejemplo, la Provincia de MENDOZA a
través de la Ley Nº 7756, modificatoria de
su similar Nº 7603, declaró “No Eutanásica”
a dicha provincia, mientras que la Provincia
de BUENOS AIRES ha dictado la Ley
Nº 13.879 mediante la cual se prohíbe en
las dependencias oficiales la práctica del
sacrificio de perros y gatos.

Que, en el mismo sentido, diversos municipios
del país —tales como ROSARIO,
en la Provincia de SANTA FE, ALMIRANTE
BROWN, en la Provincia de BUENOS
AIRES y PUERTO MADRYN, en la Provincia
del CHUBUT—, entre otros, dictaron
Ordenanzas que tienen como objeto
tanto la tenencia responsable como las
tareas de control de salubridad, vacunación
y esterilización de animales domésticos,
estimulando las prácticas no eutanásicas.

Que la tenencia responsable y el cuidado
sanitario de perros y gatos no sólo conlleva
el mejoramiento del estado sanitario de los
mismos, sino que también contribuye directamente
al bienestar de la comunidad en su
conjunto.

Que debe considerarse que la tenencia responsable
implica proveer al animal de los
requerimientos básicos para su bienestar, a
saber: la salud, la alimentación adecuada,
el espacio de descanso protegido de las inclemencias
del tiempo, el espacio para eliminar
sus residuos, recreación, entre otros
aspectos.

Que dentro de las premisas básicas para el
mantenimiento de la sanidad del animal se
deben considerar como principales a la vacunación,
la desparasitación y la esterilización
quirúrgica, considerándose esta última
importante para el control de la reproducción
indiscriminada de animales.

Que hasta el presente, los métodos empleados
para controlar la superpoblación canina
y felina —el sacrificio y aún la eutanasia—
han demostrado carecer de fundamentos
éticos y técnicos, siendo ineficaces e ineficientes
por no actuar sobre las causas que
originan esta situación. En consecuencia,
no han podido disminuir la cantidad de animales,
ni tampoco han dado clara respuesta
a la problemática de la salud pública y del
ambiente sano.

Que al mismo tiempo, se ha comprobado
que la prevención es el método idóneo para
controlar la superpoblación de animales de
compañía, siendo la esterilización quirúrgica
—aceptada en el mundo y cada vez
más en muchas partes de nuestro país— la
técnica más eficaz y correcta de control de
la población animal, además de ser la más
adecuada para una utilización razonable de
los recursos públicos, evitando cualquier
desequilibrio biológico en contraposición
al procedimiento deleznable que implica
utilizar la matanza de animales como herramienta
de control demográfico canino o
felino.

Que, como se expresara precedentemente,
se debe hacer hincapié en la prevención y
en la tenencia responsable, ya que sólo de
esta manera se obtendrá un equilibrio real
entre la salud pública y la protección de perros
y gatos en un ambiente sano.

Que uno de los problemas más importantes
que atañe a la salubridad pública producto
de la superpoblación de animales en un medio
urbano, es la transmisión de enfermedades
como la rabia, la leishmaniasis visceral,
la hidatidosis, la toxocariasis, la leptospirosis,
la brucelosis y la toxoplasmosis. Así, un
crecimiento no controlado de ellos importa
un grave riesgo a la población que puede
traducirse en la posibilidad de que estos
animales perpetúen enfermedades transmisibles
al ser humano.

Que la rápida respuesta de la sociedad y
afluencia masiva de la misma a las campañas
de esterilización implementadas por
diversos municipios y por gran parte de las
entidades proteccionistas, refleja la importancia
de la necesidad de brindar por parte
del Estado Nacional soluciones concretas a
la problemática planteada.

Que en virtud de lo expuesto en los considerandos
que anteceden se crea el “Programa
Nacional de Tenencia Responsable y
Sanidad de Perros y Gatos”.

Que el Programa tendrá como objetivo principal
favorecer y fomentar la tenencia responsable
de perros y gatos, tendiendo al
mejoramiento del estado sanitario y al bienestar
de los mismos, así como a disminuir
e instaurar, en lo posible y de acuerdo a la
normativa vigente, soluciones no eutanásicas
para situaciones derivadas de la convivencia
entre seres humanos y los mencionados
animales.

Que se prevé que las campañas de esterilización
deberán ser organizadas en forma
estratégica, propendiendo a que la esterilización
sea quirúrgica, temprana, masiva,
sistemática, de ambos sexos, extendida en
el tiempo, abarcativa y gratuita. Las campañas
para llevarse a cabo requerirán la colaboración
y el compromiso de los Gobiernos
Provinciales, los Municipios, las Facultades
de Ciencias Veterinarias, los Colegios Profesionales
e Institutos y/u ONGs especializados
en la materia de todo el país.

Que deben establecerse los presupuestos
mínimos del “Programa Nacional de Tenencia
Responsable y Sanidad de Perros
y Gatos”, entre los cuales cabe destacar la
estimulación de la tenencia responsable y la
sanidad de los caninos y felinos por parte
de la persona o de la familia respecto a su
mascota, la promoción de la realización de
campañas de vacunación antirrábica anuales
de caninos y felinos, el impulso de la
desparasitación de perros y gatos, la preservación
de la diversidad biológica evitando
todo acto que implique malos tratos o
crueldad, impedir que se realice la práctica
de la eutanasia y el sacrificio indiscriminado
de perros y gatos y velar para que todas las
prestaciones inherentes al cumplimiento de
las misiones y funciones de los Centros de
Zoonosis sean gratuitas y públicas.

Que resulta necesaria la inclusión en los
programas de enseñanza de los temas referentes
a la protección de perros y gatos mediante
la tenencia responsable y el cuidado
de la sanidad de los mismos, así como la
realización de campañas de difusión masiva
del “Programa Nacional de Tenencia Responsable
y Sanidad de Perros y Gatos”.

Que la presente medida se dicta en ejercicio
de las facultades conferidas por el artículo
99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Créase el “Programa Nacional
de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y
Gatos” en el MINISTERIO DE SALUD.

Art. 2º — El Programa tendrá como objetivo
principal favorecer y fomentar la tenencia responsable
de perros y gatos, tendiendo al mejoramiento
del estado sanitario y al bienestar de
los mismos, así como disminuir e instaurar, en
lo posible y de acuerdo a la normativa vigente,
soluciones no eutanásicas para situaciones derivadas
de la convivencia entre seres humanos y
los mencionados animales.

Asimismo, deberá propiciar la elaboración,
el desarrollo y la implementación de políticas
de sanidad adecuadas para la preservación de
perros y gatos que, mediante la prevención,
promoción, protección y asistencia, garanticen
la disminución y posterior eliminación de las enfermedades
de ocurrencia habitual o esporádica
reduciendo el riesgo de enfermedades zoonóticas
preservando la salud humana, así como el
control de la población canina y felina mediante
campañas de esterilización organizadas en forma
estratégica, propendiendo a que la esterilización
sea quirúrgica, temprana, masiva, sistemática,
de ambos sexos, extendida en el tiempo,
abarcativa y gratuita.

Art. 3º — Créase la UNIDAD EJECUTORA del
Programa precedentemente referido, la que estará
integrada por UN (1) representante del MINISTERIO
DE SALUD, quien presidirá la misma,
UN (1) representante del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL y UN (1) representante de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.

Art. 4º — Para el cumplimiento de sus funciones
la UNIDAD EJECUTORA deberá coordinar
con los Gobiernos Provinciales, los Municipios,
las Facultades de Ciencias Veterinarias, los Colegios
Profesionales e Institutos especializados
en la materia de todo el país la búsqueda de
alternativas que contribuyan tanto a la disminución
de soluciones eutanásícas como a la determinación
de los Protocolos Quirúrgicos específicos
para la esterilización de perros y gatos.

Las campañas de esterilización para llevarse
a cabo requerirán la colaboración y el compromiso
de los Gobiernos Provinciales, los Municipios,
las Facultades de Ciencias Veterinarias,
los Colegios Profesionales e Institutos y/u ONGs
especializados de todo el país.

Art. 5º — Establécense los siguientes presupuestos
mínimos del “Programa Nacional de
Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y
Gatos”:

a) Estimular la tenencia responsable y la sanidad
de los caninos y felinos por parte de la
persona o de la familia respecto a su mascota, a
fin de asegurar el bienestar de los animales, de
las personas y el entorno.

b) Promover la realización de campañas de
vacunación antirrábica anuales de caninos y felinos.

c) Impulsar la desparasitación de perros y gatos
con antiparasitarios de amplio espectro.

d) Preservar la diversidad biológica, evitando
todo acto que implique malos tratos o crueldad.

e) Impedir que se realice la práctica de la eutanasia
y el sacrificio indiscriminado de perros
y gatos. En caso de que, como último recurso,
deba recurrirse a la eutanasia, ésta deberá practicarse
del modo más inmediato e indoloro posible.

f) Realizar campañas de esterilización las que
deberán poseer las características detalladas en
el artículo 2º, segundo párrafo, de este decreto.

g) Velar para que todas las prestaciones inherentes
al cumplimiento de las misiones y funciones
de los Centros de Zoonosis, o sus similares,
sean gratuitas y públicas, realizándose tanto en
la sede como en otros puntos estratégicos o
móviles que se designen a tales fines.

h) Alcanzar el equilibrio de la población de perros
y gatos, entendiéndose por tal la equiparación
y el sostenimiento en el tiempo del número
de nacimientos con la disponibilidad de hogares
para albergarlos.

Art. 6º — El “Programa Nacional de Tenencia
Responsable y Sanidad de Perros y Gatos” podrá
prestar asistencia a los Gobiernos provinciales,
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a
los Municipios.

Art. 7º — El MINISTERIO DE EDUCACION
deberá impulsar a través del Consejo Federal
de Educación la inclusión en los programas de
enseñanza de cada una de las jurisdicciones de
los temas referentes a la protección de perros
y gatos mediante la tenencia responsable y el
cuidado de la sanidad de los mismos y prever la
capacitación de los docentes.

Art. 8º — La AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y
la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
deberán implementar la realización de campañas
de difusión masiva del “Programa Nacional
de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros
y Gatos”.

Las campañas consistirán en la realización y
transmisión de spots radiales y televisivos, en la
publicación de folletos explicativos y demás material
de propaganda y en la ejecución de cualquier
otro tipo de acción tendiente a la información
y concientización de la ciudadanía respecto
de los objetivos del Programa.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese.

— FERNANDEZ DE KIRCHNER.
— Aníbal D. Fernández. — Alicia M. Kirchner.
— Juan L. Manzur.

DECRETO COMPLETO: http://www.anibalfernandez.com.ar/Documentos/Decreto%20Proteccion%20de%20Animales.pdf 





El jefe de gabinete anunció esta tarde la creación del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos, a través del Decreto 1088. 

La norma comprende medidas de protección animal, a fin de evitar enfermedades infectocontagiosas sobre todo en los perros que son abandonados. También apunta a la responsabilidad de los dueños de mascotas, para que cumplan con los calendarios de vacunación.

Junto al jefe de gabinete participó del acto el ministro de Salud, Juan Manzur, bajo cuya órbita se encontrará la Unidad Ejecutora del Programa sanitario.

Durante su discurso, Aníbal Fernández, sostuvo que en materia de control de la natalidad de perros y gatos “ninguno tiene vocación de exterminio, de sacrificio, del matar por matar a la mascota”. “La tenencia responsable es el eje de esta política de la que queremos hablar”, aseguró.

El jefe de gabinete remarcó que “es imperioso que en todo esto que signifique el control tengamos que hablar de la esterilización quirúrgica”. “El sacrificio y la eutanasia ha sido un método de control de la natalidad canina ineficaz e ineficiente. No lo van a resolver nunca” por esa vía, enfatizó.

Asimismo, indicó que la campaña de esterilización quirúrgica “será masiva, extendida en el tiempo y gratuita”. Y apuntó que se tratará de hacer disminuir por esta vía “el riesgo de enfermedades zoonóticas, de transmisión humana”.

La política nacional de protección animal busca evitar que se extiendan enfermedades que son transmisibles al ser humano, como la leptopirosis y la lesmanihasis, entre otras. Tienden además a evitar matanzas de perros callejeros. Da cuenta de que existen focos de enfermedades en distintas ciudades del país, como Rio Gallegos, General Roca, Bariloche o Posadas, que se pueden solucionar con la aplicación de las medidas de vacunación y protección.

Ver discurso completo de Aníbal Fernández: http://www.casarosada.gov.ar/component/content/article/25254



Texto original del Decreto 1088, que establece la tenencia responsable y la sanidad de perros y gatos. La medida, anunciada hoy por Aníbal Fernández desde la Residencia Presidencial de Olivos, hace eje en el tratamiento de las mascotas para evitar la transmisión de enfermedades zoonóticas y la esterilización quirúrgica gratuita, como control de población.