jueves, 19 de abril de 2012

Por unanimidad diputados nacionales aprobaron la figura de femicidio

El proyecto aprobado por Unanimidad en la Cámara de Diputados de la nación propone la reforma del artículo 80 del Código Penal en los incisos 1 y 4, de acuerdo a lo resuelto oportunamente por el plenario de comisiones de Legislación Penal y Familia.


La presidenta de la comisión de Familia, Silvia Risko (Frente para la Victoria) destacó que "cuando se habla del tema en los noticieros o en los discursos políticos todos nos llenamos la boca, pero pocos estamos en momentos tan importantes como este".



"Este proyecto de ley que estamos trayendo al recinto después de mucho trabajo de las dos comisiones (Familia y Legislación Penal) y sobretodo el trabajo de varias asociaciones de mujeres que han impulsado para llegue al recinto y sea realmente la modificación del Código Penal amerita todo nuestro respeto y toda nuestra atención", manifestó la diputada al abrir su alocución. Además remarcó “después cuando se hablan en todos los noticieros se dan los discursos políticos, las consecuencias de la violencia o de la inseguridad, todos nos llenamos la boca pero pocos estamos en el momento para tratar una reforma tan importante que realmente hace falta en el Código Penal", sentenció.



"Lamentablemente cuando llegamos al código penal, es porque la mujer ya está muerta", afirmó la legisladora de la nación por Misiones y al mismo tiempo reflexionó que "hizo falta en el año 1947 una ley para que la mujer pudiera empezar a votar. Hizo falta en 1991 una ley de cupo para que la mujer pudiera ser candidata a legisladora al igual que los hombre, en un porcentaje pero tenida en cuenta. Hizo falta también una ley para que en el 2006 fuera considerado legal un derecho de la mujer la ligadura de trompa. Hizo falta una ley en el 2009 de lo que hoy tanto se habla pero poco se escucha de violencia de género; la violencia y los distintos tipos de violencia de género. Hizo falta una ley como la que aprobamos hace unas semanas para sacar esa figura aberrante de Avenimiento del código penal", expresó



"Y esta ley (figura de feminicidio en el código penal) es importante y hace falta que el poder político tome conciencia de lo importante que es; actuar y poner todos los mecanismos para prevenir, para que se tome conciencia de que la mujer no es propiedad de nadie. Así como defendemos los derechos de los ciudadanos, que no somos mas ganados de ningún capanga de la política, las mujeres no somos propiedad de ningún hombre, ni de nadie".


Modificaciones en el Art 80 del Código Penal



El nuevo inciso 1 del texto plantea la pena de "reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia".



En tanto, y a partir de la nueva redacción el inciso 4, define al femicidio como "un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género".



Incorpora, además, como causales "placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión".



En relación a los que se califica como femicidio vinculado se sumó durante el debate en particular la pena para aquel que cometiera homicidio "con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación".

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