viernes, 23 de mayo de 2014

En San Francisco encontraron a un joven crucificado

Lo encontraron atado con cintas a un palo que le atravesaba la espalda en cruz. Tenía colgado un cartel que decía: "No robarás". Denuncian a la Policía.

Así apareció el joven en San Francisco. (foto La Voz de San Justo)
Así apareció el joven en San Francisco. (foto La Voz de San Justo)

22/05/2014 20:30

Por Redacción Día a Día

La Policía de San Francisco encontró en la madrugada de este jueves a un jóvenes de 27 años atado con cintas a un palo que le atravesaba la espalda en cruz, lo que le daba un aspecto de crucificado, informó RadioCanal.

El joven, de apellido Robledo, habría denunciado que fue la Policía de Frontera quién le hizo eso.

Según publicó El Periodico, Las cintas también le cubrían parte de la cara. Tenía pegado un cartel que decía "No robarás".

Este joven le habría dicho a la Policía que había estado detenido en la comisaría de Frontera todo el día y que a medianoche, después de recibir una golpiza fue atado, subido a una camioneta y dejado en Sabattini y 25 de Mayo, donde fue encontrado.

Fuentes policiales de la vecina localidad dejaron trascender que el joven estuvo detenido hasta el mediodía y luego fue liberado, informaron medios locales.

En la madrugada, el Comando de Acción Preventiva, al encontrarlo en el estado mencionado lo trasladó al Hospital y luego a la Unidad Judicial, donde radicó la denuncia.

lunes, 19 de mayo de 2014

Asesinan a hijo del dirigente Qom Oscar Talero

CIUDAD | CRIMEN EN EMPALME

17/05/2014
Oscar Talero, de la Comunidad Qom de barrio Los Pumitas. Foto: La Bújula.
Oscar Talero, de la Comunidad Qom de barrio Los Pumitas. Foto: La Bújula.

Un joven de 22 años fue encontrado este viernes asesinado en barrio Empalme. Los pesquisas creen que fue atacado por una patota. Se trata del hijo del dirigente de la comunidad Qom Oscar Talero.

Un llamado al 911 alertó a la policía la mañana de este viernes cerca de las 8 sobre la presencia de una persona muerta en la avenida Juan José Paso al 2100, a la vera de las vías del ferrocarril Nuevo Central Argentino.

En el lugar la policía determinó que el muchacho, identificado como Cristian Talero (22), y que había sido atacado a golpes, presentaba heridas cortantes en la cabeza. Cristian era hijo del referente del Centro Cultural Qadhuoqte, de la comunidad Qom, Ernesto Oscar Talero.

“La víctima presenta heridas cortantes en la cabeza y golpes que podrían haber sido realizados con algún elemento contundente”, consignó a la prensa el fiscal de Homicidios Dolosos Pablo Pinto, a cargo de la causa.

El cuerpo de Talero fue traslado al Instituto Médico Legal de la Unidad Regional II de la policía de Rosario para la correspondiente autopsia.

Según las primeras investigaciones, la víctima, por causas que se desconocen, habría sido atacada por varios jóvenes conocidos del barrio en una presunta pelea.

La confirmación de la muerte del joven, se propagó por las redes sociales este viernes, al conocerse la identidad de Cristian. Su padre Oscar Talero, es un dirigente muy querido entre las organizaciones sociales de la ciudad, y desde que se conoció la noticia, comenzó a recibir fuertes mensajes de apoyo en su perfil de facebook.

El arzobispo de Rosario fue designado por el Papa Francisco en una importante comisión del Vaticano

Lunes, 19 de mayo de 2014 07:46

Según consta en el Boletín Oficial de la Santa Sede, monseñor José Luis Mollaghan fue designado como miembro de la Congregación para la Doctrina de la Fe.


Mollaghan estará ahora al frente de una comisión del Vaticano.

El Papa Francisco nombró al arzobispo de Rosario, José Luis Mollaghan, a cargo en la Congregación para la Doctrina Fe, según consta en el sitio web del Vaticano.

La Congregación para la Doctrina de la Fe es un órgano colegiado del Vaticano cuya función es la de custodiar la doctrina católica en la Iglesia. Es la sucesora de la antigua Sagrada Congregación de la Romana y Universal Inquisición y estuvo presidida, entre otros, por Joseph Ratzinger, quien luego fuera el ex Papa Benedicto XVI.

El nombramiento llega luego de múltiples especulaciones respecto a la salida del monseñor de la arquidiósesis de Rosario, luego de que a mediados de diciembre pasado se conociera que el Vaticano había resuelto investigarlo por presuntas irregularidades en el manejo de fondos, supuestos padecimientos psiquiátricos y denuncias de laicos y sacerdotes que referían algunas situaciones de "maltrato".

El encargado de elaborar el informe sobre esos temas fue el obispo emérito de Mendoza, monseñor José María Arancibia, quien en su momento dijo que realizó una "visita pastoral fraterna" y desmintió que la diócesis hubiera sido intervenida.

Según trascendió, en la larga lista de nombres en danza para suceder a Mollaghan al frente del arzobispado rosarino figura el de Jorge Lugones, un jesuita actualmente a cargo de la diócesis de Lomas de Zamora y "hombre del riñón" del Papa Francisco.

miércoles, 14 de mayo de 2014

Leandro Busatto y Luis Rubeo imputados por tráfico de influencias

SANTA FE | AVANZA LA CAUSA

GRAVE: fueron imputados por tráfico de influencias Leandro Busatto y Luis Rubeo
Por: De la redacción de NOTA22.COM
13.05.2014
NOTA22.COM pudo acceder a documentación que compromete al Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, Luis Rubeo, y al legislador -del mismo cuerpo- Leandro Busatto


NOTA22.COM pudo acceder a documentación que compromete al Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, Luis Rubeo, y al legislador -del mismo cuerpo- Leandro Busatto por el presunto delito de "tráfico de influencias".

Juan Pablo López Rosas, Fiscal N° 4, formuló requerimiento de instrucción a partir de la denuncia presentada por el ingeniero José Alberto Aglietto e "imputó" a los Diputados, convirtiéndose en una causa de extrema relevancia institucional inédita desde advenimiento de la democracia.

No se recuerda desde 1983 a la fecha que un Presidente del cuerpo Legislativo solicite supuestamente a un juez de alzada fallar en un sentido determinado por medio de una misiva.

Según manifiesta el fiscal en los "hechos", con fecha 3 de abril de 2013, aparentemente desde la ciudad de Rosario, se habría enviado una misiva dirigida al Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Santa Fe, Dr. Roberto Prieu Mántaras, firmada por Luis Rubeo, en la que haciendo referencia a una Resolución de un juez Correccional de la 3era. Nominación (en los autos"Ezcurra, Oscar Luis y otros s/Desobediencia" - expte. N° 1857/12", de fecha 12-02-13) que ordenaba la intervención de la Caja de la Ingeniería de Santa Fe 1ra. Circunscripción -resolución que había sido apelada- se solicita que "siendo la intervención a la Caja de Previsión de los Profesionales de la Ingeniería, una decisión que hace a la vida institucional de nuestra provincia... me veo en la obligación de involucrarme en el conflicto suscitado entendiendo que corresponde se haga lugar a la nulidad de la resolución de 13 de febrero que ordena la mencionada intervención...".

La historia de la causa indica que aquella Cámara -conformada por los Doctores Reyes, Prieu Mántaras y Creus- resolvió en el sentido reclamado por el Diputado Rubeo, que comparte el mismo espacio político con el Diputado Leandro Busatto -hijo de Amaro Busatto, Presidente de la Caja de la Ingeniería, la institución del conflicto-.

El Dr. Sebastián Creus dice en su voto de entonces que “no puedo dejar de realizar algunas reflexiones sobre el escrito agregado a fs. 50 y siguientes del incidente, donde el Señor Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, plantea al Señor Presidente de esta Cámara una serie de objeciones, manifestaciones y un pedido expreso, sobre el auto interlocutorio recurrido”.

Luego, -el propio Creus- argumentó que “subjetivamente, entonces, el escrito mencionado no es para mi algo que influya en la decisión” y agrega: “pero, desde un punto de vista objetivo, el Señor Presidente de la Cámara de Diputados alude a que la decisión impugnada supone una grave lesión a la “vida institucional de nuestra provincia, en resguardo de una vida democrática y republicana de división de poderes y respeto institucional entre los mismos”, para luego, decir que se involucra (sic) en el conflicto ydice que corresponde se declare la nulidad de la resolución en crisis. Tales expresiones, objetivamente, implican que una autoridad de otro poder, que no representa a ninguna parte en este proceso, interviene en un proceso judicial instando una resolución determinada, interesándose en el resultado del litigio. Por tales motivos es posible pensar que estas conductas sean interpretadas a un nivel institucional vinculado a las relaciones entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo”.

En consecuencia, -decía el excelentísimo Juez- y a los efectos de cumplir lo establecido en el artículo 92 inciso 1º, eventualmente también en lo ordenado por el artículo 93 inciso 6º, de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, deben extraerse copias del presente incidente y remitirse a la Excma. Corte Suprema a sus efectos".

El juez de la Causa
La causa parece complicarse por momentos, pero avanza con la velocidad de la justicia.

El expediente recae primero en el juzgado de instrucción de la primera nominación, a cargo del Dr. Pegassano. El magistrado se declara incompetente.

Llegado a su estrado, el Dr. Jorge Patrizi, el Juez en turno -correspondiente a la época de la presentación de la denuncia-solicita a la Alzada la remisión del original de la misiva oportunamente enviada por Luis Rubeo.

Posteriormente, el Dr. Patrizi, también se declara incompetente y es remitido el expediente a la Dra. Susana Luna -cuarta nominación- que también se declara incompetente.

Finalmente, la excelentísima Cámara de Apelación en lo Penal correspondiente dirime el conflicto de "competencia negativa", volviendo el expediente al Dr. Jorge Patrizi.

Se destaca el voto del Camarista Dr. Roberto Reyes.
El Dr. Roberto Reyes expone en sus consideraciones que "...la consumación del delito deviene de la mera solicitud, o bien del perfeccionamiento del pacto, sin importar las eventuales consecuencias posteriores.

De tal suerte entonces, que aún cuando el Dr. Roberto Prieu Mántaras no hubiera recibido la nota en cuestión, cuyo cargo y puesta en despacho según constancia de la Sra Secretaria es de fecha 4-42013, el delito -en su caso- ya se habría consumado, y aún cuando no se avizore aún, en esta etapa de la causa, ni se hace alusión en el escrito de denuncia, si hubo reclamo, o recepción de dinero, dádiva o promesa, de haber existido u ocurrido esto último, sin perjuicio de lo que decida el magistrado que deba intervenir respecto del trámite a seguir en más, esa sería la fecha cierta de consumación, que por ahora se desconoce".

El Dr. Roberto Reyes formó parte, como se mencionó, de la Sala a la que fue remitida la mentada misiva por parte del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe.

El Diputado Leandro Busatto
La denuncia que interpuso -ante el Procurador General de la Corte- el afiliado a la Caja de la Ingeniería, José Aglietto, argumenta que existe una conexión personal del diputado provincial Leandro Busatto, integrante del mismo bloque partidario que el Presidente de la Cámara de Diputados, con relación de parentesco con el Presidente de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Santa Fe: el Arquitecto Amaro Busatto.

El ingeniero dice que "la finalidad -de la misiva- (es) de conseguir obtener una resolución que desea el Presidente de la Cámara de Diputados LUIS RUBEO en connivencia con otro diputado (LEANDRO BUSATTO), familiar directo del Presidente de la Caja de los Profesionales de la Ingeniería el arquitecto AMARO BUSATTO".

viernes, 2 de mayo de 2014

Duro informe sobre Almará del Observatorio de Discriminación


El diputado violó varias leyes en la entrevista a la joven de 15 años. Usó un discurso estigmatizante y violento.
  Foto UNO/Archivo


El Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión se pronunció en forma contundente respecto de la charla que mantuvo el 17 en Radio La Voz el diputado justicialista y conductor radial Rubén Almará con una jovencita de 15 años. Al respecto consideró: “Se utilizó un discurso estigmatizante y discriminatorio, se vulneraron en forma absoluta los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y se incurrió en Violencia Simbólica y Mediática, además de promoverse la violencia física hacia las mujeres”.

Por esa razón, el Observatorio decidió citar al legislador a fin de profundizar la investigación de lo ocurrido. Tal decisión se tomó teniendo en cuenta también el pronunciamiento del Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales (CPPC) y las actuaciones de la delegación local de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca).

En el detallado informe se señala: “Las preguntas y comentarios del diputado Almará contrarían los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño en nuestro país, conforme el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”.
Inicialmente se señala: “...el conductor comienza la entrevista con una pregunta inadecuada para que un adulto le realice a una joven: “¿A qué edad tuviste tu primer encuentro sexual?”. Esta interrogación trata de instalar de entrada una relación de intimidad abusiva entre ambos, sin reparar en su rol de adulto, de comunicador social, siendo doblemente responsable al conducir un medio radial. Con esta apertura expone a la adolescente frente a toda su comunidad ya desde el inicio”.

“A lo largo de toda la entrevista Almará insiste en hacer hablar a la joven de temas vinculados a su intimidad, no respetando la negativa de esta a responderle, haciendo un uso manipulatorio de su lugar de comunicador: ‘En serio, vamos a hablar en serio, a calzón quitado porque a mí me encanta hablar a calzón quitado’”, cita el Observatorio.

Luego se indica que las preguntas realizadas por Almará –quien además de ser el conductor de este programa es el dueño de la emisora– configuran “un discurso violento hacia las mujeres en general y hacia las niñas en particular” violentando lo dispuesto en la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que les reconoce “el derecho a la dignidad como sujetos de derechos y de personas en desarrollo; a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y moral al igual que se les reconoce el derecho a la vida privada e intimidad”. También violenta lo establecido en la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

“El cuestionario y las respuestas que el conductor induce, son absolutamente invasivas y violentas además de que muestran cuestiones relativas a la intimidad de la niña quien, desde un principio, dejó constancia de su edad. Por otra parte, el entrevistador presupone cosas ‘negativas’ como por ejemplo, que toma alcohol y que carece de responsabilidades por el solo hecho de ser una adolescente”, se indica luego.

El uso del lenguaje de Almará también acompaña a lo largo de la entrevista la falta de adecuación en su rol de conductor frente a la joven entrevistada: “Mirá que hija de puta, se ríe”, dijo en un momento de la entrevista. Según el Observatorio: “Hace uso de un cronelecto adolescente en la misma línea invasiva con la que inicia la nota, con intensiones de que la joven hable de temas que la ubiquen en lugar de un objeto sexual”. (Un cronelecto es una variación en el uso de la lengua en relación con circuns­tancias temporales o generacionales).

Luego el informe señala que con frecuencia se observa en los medios que se adultiza a niños, niñas y jóvenes con alto contenido erótico, naturalizando la asociación de la infancia con la seducción y el erotismo con preguntas como: “¿A qué edad tuviste tu primer encuentro sexual?”, “¿11 años tenías?”, “¿Cuántos tenías? ¿12?”. “Ayer no fue”. “…lo hiciste …porque tenías ganas de tener sexo y a la mierda”.

Las invasivas preguntas refuerzan estereotipos vinculados a la juventud como el hecho de que todos se alcoholizan: “¿Le das al escabio?”, “¿No te ponés en pedo?” o la suposición de que los jóvenes son inmanejables que harían sufrir a sus padres: “Pobre padre. Lo que debe sufrir tu papá y no dice nada”.

De la misma manera el conductor introduce prejuicios vinculados a las mujeres como a la reproducción y a mantener relaciones con varias personas, planteándolas como negativas, lo que habitualmente es festejado cuando se trata de un varón: “¿cuántos hijos tenés vos?”, “¿Todavía no tenés hijos?”, “Visualizo que vas a quedar embarazada. Y lo más lindo es que no vas a saber de quién”, “Y lo hiciste porque lo hiciste… porque tenías ganas de tener sexo y a la mierda”, “Bueno, entonces buscate otro y estamos en la misma, bueno. Ya lo hacés, ¿No?

También se remarca la insistencia en obtener información relativa a la vida privada de la niña sin pensar el riesgo que implica para la adolescente dar todos esos datos públicamente. “De algún modo ese tipo de prácticas se acercan a las que utilizan quienes forman parte de las redes de pedofilia para ubicar a sus víctimas, por ejemplo en Internet. Por otro lado, pareciera que el propio entrevistador promueve las relaciones entre niñas y personas adultas”, se indica elocuentemente.

Además el entrevistador despliega un discurso cargado de prejuicios y ataques a las madres adolescentes.

Elogio a la violencia de género

Para el Observatorio (un espacio de cooperación institucional conformado por la Afsca, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) y el Consejo Nacional de las Mujeres) existe una circunstancia particularmente grave, que es la promoción de la violencia física por parte del comunicador.

Almará señaló: “A las pibas les gusta que les peguen”, contrariando abiertamente la Ley Nº 26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” que establece en su artículo 4: “Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”.

En particular, Almará promueve a través de su discurso la violencia física, entendida como “la que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física”.
Finalmente se señala que la exposición “a la que es sometida la adolescente resulta discriminatoria en tanto se presupone y cuestiona su conducta por su condición de género encuadrándose su presentación en la forma de violencia mediática...”.