La presidenta Cristina Fernández fijó las elecciones primarias, abiertas y simultáneas y obligatorias el 14 de agosto, las generales el 23 de octubre y una eventual segunda vuelta el 20 de noviembre próximos, por Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.
La presidenta Cristina Fernández oficializó hoy la convocatoria a elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a presidente y vicepresidente y diputados nacionales para el 14 de agosto próximo, en tanto fijó las elecciones generales el día 23 de octubre y una eventual segunda vuelta para el 20 de noviembre.
El Decreto 586/2011, publicado hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma de la Presidenta, del Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
Precisa que se convoca al electorado a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación, senadores y diputados nacionales el día 14 de agosto de 2011; a Presidente y Vicepresidente de la Nación el día 23 de octubre y la eventual segunda vuelta el 20 de noviembre de 2011.
En los considerandos recuerda que por la Ley Nº 26.571 se estableció que las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias tendrán lugar el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las Elecciones Nacionales.
Agrega que el Código Electoral Nacional establece que las Elecciones Nacionales tendrán lugar el cuarto domingo de octubre inmediato anterior a la finalización de los mandatos.
Expresa luego que en el presente año finalizan los mandatos de la Presidenta de la Nación, del Vicepresidente de la Nación, de la mitad de los miembros de la Cámara de Diputados de la Nación y de los senadores de las Provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
En el Anexo publica los cargos electivos que se renovarán:
-Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Doce (12) diputados nacionales y ocho (8) suplentes.
- Provincia de Buenos Aires: treinta y Cinco (35) diputados nacionales y diez (10) suplentes y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Catamarca: dos (2) Diputados nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de Córdoba: nueve (9) Diputados nacionales y seis (6) suplentes.
- Provincia de Corrientes: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia del Chaco: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia del Chubut: tres (3) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Entre Ríos: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Formosa: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Jujuy: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de La Pampa: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de La Rioja: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Mendoza: cinco (5) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Misiones: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes Y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia del Neuquén: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de Rio Negro: tres (3) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Salta: cuatro (4) diputados Nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de San Juan: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de San Luis: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Santa Cruz: dos (2) Diputados nacionales y dos (2) suplentes Y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Santa Fe: diez (10) diputados Nacionales y seis (6) suplentes.
- Provincia de Santiago del Estero: Cuatro (4) diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico sur: tres (3) diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Tucumán: cinco (5) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
El Decreto 586/2011, publicado hoy en el Boletín Oficial, lleva la firma de la Presidenta, del Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
Precisa que se convoca al electorado a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación, senadores y diputados nacionales el día 14 de agosto de 2011; a Presidente y Vicepresidente de la Nación el día 23 de octubre y la eventual segunda vuelta el 20 de noviembre de 2011.
En los considerandos recuerda que por la Ley Nº 26.571 se estableció que las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias tendrán lugar el segundo domingo de agosto del año en que se celebren las Elecciones Nacionales.
Agrega que el Código Electoral Nacional establece que las Elecciones Nacionales tendrán lugar el cuarto domingo de octubre inmediato anterior a la finalización de los mandatos.
Expresa luego que en el presente año finalizan los mandatos de la Presidenta de la Nación, del Vicepresidente de la Nación, de la mitad de los miembros de la Cámara de Diputados de la Nación y de los senadores de las Provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
En el Anexo publica los cargos electivos que se renovarán:
-Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Doce (12) diputados nacionales y ocho (8) suplentes.
- Provincia de Buenos Aires: treinta y Cinco (35) diputados nacionales y diez (10) suplentes y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Catamarca: dos (2) Diputados nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de Córdoba: nueve (9) Diputados nacionales y seis (6) suplentes.
- Provincia de Corrientes: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia del Chaco: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia del Chubut: tres (3) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Entre Ríos: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Formosa: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Jujuy: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de La Pampa: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de La Rioja: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Mendoza: cinco (5) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Misiones: cuatro (4) Diputados nacionales y tres (3) suplentes Y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia del Neuquén: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes.
- Provincia de Rio Negro: tres (3) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Salta: cuatro (4) diputados Nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de San Juan: tres (3) diputados Nacionales y tres (3) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de San Luis: dos (2) diputados Nacionales y dos (2) suplentes y Tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Santa Cruz: dos (2) Diputados nacionales y dos (2) suplentes Y tres (3) senadores y tres (3) suplentes.
- Provincia de Santa Fe: diez (10) diputados Nacionales y seis (6) suplentes.
- Provincia de Santiago del Estero: Cuatro (4) diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico sur: tres (3) diputados nacionales y tres (3) suplentes.
- Provincia de Tucumán: cinco (5) Diputados nacionales y tres (3) suplentes.
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