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viernes, 28 de diciembre de 2012

Tucumán: ordenan procesar a 40 imputados por el "Operativo Independencia"

Entre los acusados está el dictador Videla, el ex gobernador de las Malvinas, Mario Benjamín Menéndez, además de otros militares, policías y civiles. Es por delitos cometidos antes del golpe del 76

Crédito foto: NA

La justicia tucumana procesó a 40 imputados, entre ellos militares, policías y civiles, por los delitos de torturas y asesinatos de militantes políticos durante el denominado "Operativo Independencia", antes del golpe militar de 1976.

El juez federal de Tucumán, Daniel Bejas, dispuso la medida en un fallo de 500 fojas en el que procesó a los ex policías Roberto "El Tuerto" Albornoz, Ricardo Oscar Sánchez, Luis Armando de Cándido; el ex dictador Jorge Rafael Videla; el ex gobernador de las Islas Malvinas, Mario Benjamín Menéndez y Fernando Luis Labayru.

En tanto, dispuso además el procesamiento de los civiles Miguel Ángel Carrasco, Carlos Alberto Diacono y Julio César Sarmiento, entre otros. Según fuentes judiciales, en su fallo Bejas aclaró los motivos por los cuales no llamó a declaración indagatoria a la ex presidente María Estela Martínez de Perón, quien autorizó el "Operativo Independencia", que comenzó en Tucumán en febrero de 1975 y que fue comandado por Adel Edgardo Vilas y luego por Antonio Domingo Bussi.

Además, Bejas avanzó en la investigación de delitos sexuales cometidos contra mujeres detenidas y también violaciones a hombres que estaban ilegalmente detenidos en centros clandestinos de detención. El 5 de febrero de 1975 la entonces presidenta María Estela Martínez de Perón firmó el decreto "secreto" en el que ordenaba al Ejército iniciar el "Operativo Independencia".

Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, durante el "Operativo Indepedencia", "fueron sistemáticos los secuestros, la desaparición de personas y las torturas en el primer centro clandestino de detención que funcionó en el país conocido como "La Escuelita", que operaba en la escuela Diego de Rojas en la localidad de Famaillá.

La acusación de la fiscalía explica que el Operativo Independencia "consistió en la intervención masiva de las fuerzas armadas y de seguridad en un plan sistemático de exterminio de opositores políticos mediante la utilización del aparato estatal y de control social a través del terror".

miércoles, 4 de julio de 2012

Ya juzgan los crímenes de la dictadura en San Nicolás


El Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de Rosario comenzó ayer el juicio oral contra los ex coroneles del Ejército Manuel Fernando Saint Amant y Antonio Federico Bossié, y el ex comisario general de la Policía Federal Jorge Muñoz, por crímenes de lesa humanidad cometidos en la ciudad de San Nicolás

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Los imputados. Saint Amant, ex jefe del Area Militar 132; su segundo, Bossié, y el ex policía Muñoz.

Por Jorge Kaplán / La Capital 


El Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de Rosario comenzó ayer el juicio oral contra los ex coroneles del Ejército Manuel Fernando Saint Amant y Antonio Federico Bossié, y el ex comisario general de la Policía Federal Jorge Muñoz, por crímenes de lesa humanidad cometidos en la ciudad de San Nicolás. El proceso unifica tres causas que incluyen la llamada masacre de calle Juan B. Justo, la desaparición de un grupo de militantes de la JP y el secuestro y tormentos en perjuicio del locatario de la casa donde vivía un matrimonio desaparecido.

En la primera audiencia del juicio se comenzó con la lectura de los pedidos de elevación a juicio, de la causa por la masacre, de las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, su homóloga de la Nación y la de Manuel Gonçalves, nieto recuperado y único sobreviviente de los hechos. Se prevé que hoy se haga lo propio con el de la Fiscalía y se comience con los pedidos de elevación a juicio de la causa Alvira, otro de los expedientes acumulados.

El TOF2 además ayer resolvió la detención de los imputados Bossié y Muñoz, que estaban en libertad, mientras duren las audiencias del juicio oral, a partir de un pedido que la Fiscalía presentó la semana pasada y al que las querellas adhirieron. La solicitud se basó en el riesgo de fuga de los acusados, teniendo en cuenta la gravedad de los cargos en su contra. Saint Amant, en tanto, permanecerá con el régimen de arresto domiciliario.

En la sala de audiencias se pudo ver entre el público al subsecretario de DDHH de la Nación, Luis Alem; el secretario del área bonaerense, Guido Carlotto; su par de Santa Fe, Horacio Coutaz, y la diputada provincial Alicia Gutiérrez.

En la lectura de la acusación sobresalieron algunos aspectos que dan la gravedad de los hechos. En la masacre de calle Juan B. Justo, en la madrugada del 19 de noviembre de 1976, efectivos del Ejército y policías de varias jurisdicciones irrumpieron en la casa donde vivía la familia Amestoy y en la cual se encontraba también Ana María Granada y su hijo Manuel Gonçalves de apenas meses de vida. Allí fueron asesinados Omar Amestoy y su esposa María del Carmen Fettolini de varios disparos en la cabeza, mientras que Granada recibió 14 impactos de bala. En el informe policial se alegó que las víctimas se habían "suicidado".

Los niños Fernando y María Eugenia Amestoy (de 4 y 6 años respectivamente) fueron llevados en grave estado al Hospital San Felipe donde fallecieron a causa de los gases. Según testigos se arrojaron al menos 30 granadas dentro de la casa, muchas de ellos a través de la claraboya del baño, donde habían puesto a los chicos tratando de resguardarlos de las balas. Tampoco hay evidencia de que las víctimas hayan estado armadas o efectuado disparos
.http://www.lacapital.com.ar/politica/Ya-juzgan-los-crimenes-de-la-dictadura-en-San-Nicolas-20120704-0027.html

martes, 8 de mayo de 2012

El Tribunal rechazó el pedido de cárcel común para los acusados por la Masacre de Trelew




El Tribunal Federal de Comodoro Rivadavia desestimó el pedido formulado por la fiscalía y las querellas de inmediata detención en cárcel común para cuatro procesados por la Masacre de Trelew, en el primer día del juicio oral y público que comenzó este lunes en Rawson.

La fiscalía, que hizo la solicitud a la que adhirieron las querellas, "no acompañó elementos nuevos de convicción para variar el criterio", afirmó por la tarde, tras un cuarto intermedio, el juez Enrique Guanziroli, quien integra el tribunal junto a los camaristas Pedro De Diego y Nora Cabrera de Monella.

Antes de dar por concluida la audiencia inaugural del juicio, que se reanudará este martes a las 10, Guanziroli aludió a decisiones de la Cámara Nacional de Casación Penal que revocó resoluciones de tribunales inferiores que habían dispuesto cárcel efectiva para procesados en diversas causas por delitos de lesa humanidad.

El rechazo unánime del Tribunal al pedido de la fiscalía y las querellas fue recibido con exteriorizaciones de descontento por el numeroso público que presenció esta primera jornada del juicio oral y público a los imputados por la llamada Masacre de Trelew, que ejecutaron el 22 de agosto de 1972 miembros de la Armada.

La acusación había pedido el encarcelamiento efectivo de Luis Sosa, Emilio Del Real, Rubén Paccagnini y Carlos Morandino, acusados de homidicio doblemente agravado en 16 casos y en grado de tentativa en otros tres casos.

Esta solicitud invocó jurisprudencia acumulada en numerosos juicios por delitos de lesa humanidad y solo exceptuaba "por el momento" a Jorge Bautista, acusado de encubrimiento del fusilamiento de 19 prisioneros políticos, 16 de los cuales murieron en la madrugada de aquel 22 de agosto, hace 40 años.

La concurrencia desbordó la capacidad de la amplia sala del Centro Cultural José Hernández de Rawson y en buena parte siguió la primera jornada del juicio en la aledaña plazoleta de la Legislatura chubutense por pantalla gigante, ya que lo trasmitió en directo la televisión pública provincial, Canal 7.

Constituido el Tribunal a las 10, el juez Guanziroli ordenó la lectura del requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscalía en 2009, que acusa a los imputados por homicidio doblemente agravado de 16 prisioneros y otros tres en grado de tentativa, todos en la base aeronaval Almirante Zar.

El requerimiento detalla los hechos desde la fuga de un grupo de prisioneros políticos del penal de Rawson, el 15 de agosto de 1972, hasta la rendición pactada de 19 de ellos en el viejo aeropuerto de Trelew, hoy Centro de la Memoria, y su posterior fusilamiento en el área de celdas de la base Zar, en la madrugada del 22 de agosto.

Por estos hechos están acusados los capitanes Sosa, Del Real, Paccagnini y Bautista, éste último por encubrimiento, y el cabo Carlos Marandino.

Eludieron estar en el banquillo de los acusados el almirante Horacio Mayorga, ya que el Cuerpo de Medicina Forense consideró que por razones de salud mental no está condiciones de defenderse en juicio, y el capitán Roberto Bravo, cuya extradición fue negada por Estados Unidos, país donde reside.

Sobre los hechos de 1972, la acusación subraya que la negociación con oficiales navales tras la cual se entregaron 19 evadidos, luego de obtener la promesa de garantías, fue presenciada por el juez Alejandro Godoy, abogados y periodistas.

No obstante esos compromisos tomados por los oficiales de la Armada, relata que, "en la madrugada del 22 de agosto (...) aproximadamente entre las 2.30 y 3.30”, los acusados Sosa, Bravo, Del Real y un cuarto oficial ya fallecido de apellido Herrera “se presentaron en el lugar de detención”.

“Encontrándose como guardia el cabo Marandino, se les ordenó a los detenidos que doblaran sus mantas y sacaran los colchones para que los dejaran en el extremo del pasillo por donde se ingresaba a dicho sector, luego de lo cual se los hizo formar en fila en el pasillo”.

Les ordenaron luego que se formaran, "algunos orientados hacia el ingreso del mismo y otros hacia las celdas de enfrente", con la vista hacia el suelo, "tras lo cual (Sosa) junto con los otros oficiales y suboficiales abrieron fuego contra los detenidos”, consigna el mismo texto acusatorio.

Como consecuencia de la lluvia de disparos o de los llamados tiros de gracia fallecieron 16 de los 19 prisioneros fusilados.

Fueron asesinados Rubén Pedro Bonet, Jorge Alejandro Ulla, Humberto Segundo Suárez, José Ricardo Mena, Humberto Adrián Toschi, Miguel Angel Polti, Mario Emilio Delfino, Alberto Carlos Del Rey, Eduardo Campello, Clarisa Rosa Lea Place, Ana María Villarreal de Santucho, Carlos Heriberto Astudillo, Alfredo Elías Kohon, María Angélica Sabelli, Mariano Pujadas y Susana Lesgart.

“En el caso de Antonia Berger, Alberto Miguel Camps y Ricardo René Haidar no lograron el resultado de muerte, ya que fueron heridos gravemente y actualmente están desaparecidos en hechos posteriores al relatado”, puntualiza la elevación a juicio.

Los tres sobrevivientes señalaron a Bravo como el oficial que recorrió los calabozos para rematar con un disparo de gracia en la nuca a los fusilados, desde que un Tribunal les tomó testimonio en octubre de 1972, donde seguían encarcelados y convalecientes.

Morandino, el suboficial que estaba de guardia en los calabozos, declaró que Sosa y los otros tres oficiales le ordenaron abrir las puertas del calabozo y retirarse, y también dijo que le ordenaron mentirle al instructor de la Armada, Enrique Bautista, para encubrir después el fusilamiento.

La fiscalía señala la responsabilidad política directa en la masacre de la dictadura encabezada entonces por Alejandro Lanusse, además de la responsabilidad penal de los imputados en la causa como ejecutores materiales del fusilamiento ordenado por la superioridad y, en un caso, por encubrimiento.

Acusan en la causa los fiscales federales Horacio Arranz y Fernando Gelves, mientras que por la querella lo hacen abogados que representan a familiares de las víctimas, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Todos los acusados tienen abogados particulares excepto Morandino, representado por un defensor oficial.

martes, 24 de abril de 2012

Responsables del robo de bebés

El dictador Jorge Rafael Videla cabeceó varias veces mientras el fiscal completaba su alegato.



LAS PRUEBAS CONTRA JORGE RAFAEL VIDELA Y REYNALDO BIGNONE


Después de casi dos semanas de fundamentar su alegato, la fiscalía pedirá a partir de hoy las penas para los dictadores que están siendo juzgados por treinta y cuatro apropiaciones de bebés. Videla sigue negando que haya sido un plan sistemático.

Por Alejandra Dandan


A días de las declaraciones públicas leídas como “confesión”, el dictador Jorge Rafael Videla volvió a sentarse entre los acusados del juicio por el plan sistemático de robo de bebés para escuchar el alegato de la fiscalía. Con la cara levantada y entre cabeceos que cada tanto parecían capturarlo para el lado de los sueños, oyó al fiscal Martín Niklison referirse a esas declaraciones públicas que por haber sido transmitidas en televisión o difundidas en los diarios parecen haber adquirido, de hecho, el carácter de prueba para la trama del juicio. En esa línea, Niklison le recordó que pese a que todavía lo niega, Videla fue el único dictador latinoamericano que aceptó el robo sistemático de niños.

“No tengo dudas de que en este juicio se ha podido demostrar la responsabilidad de Videla en tan aberrantes hechos –dijo el fiscal–. En esas declaraciones (públicas) se refiere a la cuestión de la apropiación de niños, pero las redujo a actos individuales de militares y policías que por caridad entregaron niños abandonados, buscando de ese modo (Videla) despegarse de estos hechos y no pasar a la historia como el único dictador latinoamericano de esa época que organizó la apropiación de los hijos de sus víctimas.” En este juicio, agregó, “no hemos visto esos supuestos actos de caridad, sino el horror que implica arrancarles los niños a sus padres y madres y la organización dispuesta para los partos y el posterior reparto de los bebés”.

A horas del pedido de condenas que se escuchará durante la mañana de hoy, la fiscalía federal leyó las acusaciones de los trece imputados del debate. Entre ellos, Videla quedó situado como el “organizador” y principal responsable, pero también acusó a Santiago Omar Riveros, por entonces jefe del Instituto Militar de Campo de Mayo, y a Reynaldo Bignone y Oscar Francos, integrantes de la última junta de comandantes.

Lo que el juicio debe probar, y es lo que intentan demostrar en estos días los alegatos de los acusadores, es que el robo de bebés fue un plan sistemático organizado desde la cúpula militar y ejercido por intermediarios que actuaron en cada uno de los centros clandestinos o en la distribución de los niños. Videla viene negando la lógica del plan con el argumento de que no hubo una orden escrita que lo haya avalado, como si ése fuera el único modo de probar una práctica sistemática. Los acusadores intentan demostrar, en cambio, que sin aquella orden el plan puede probarse por los efectos, es decir por lo que sucedió con los niños robados. O por la organización, por ejemplo, de las maternidades clandestinas, que estructuraron el alojamiento de las embarazadas, los nacimientos y la distribución de los niños. Pero además, intentan probar que es necesario recordar que cuando se probaron las desapariciones, los desaparecedores también decían que no existían porque no había órdenes escritas. Videla terminó de admitir las desapariciones más de 35 años después, en esas declaraciones públicas en las que reconoce el “pongamos que fueron siete u ocho mil”, recordó en un pasillo el fiscal federal.

En este caso, Videla está acusado por la mayor parte de los 34 expedientes de apropiación de menores que llegaron a juicio. “Si hubo centros clandestinos, fue su voluntad; si hubo desaparecidos, fue su voluntad; si hubo torturas, fue su voluntad y si hubo apropiación de menores, fue su voluntad”, dijo el fiscal.

Las acusaciones avanzaron sobre el resto de los imputados. Entre ellos, Bignone y Franco. Pese a que hicieron la carrera de ascenso militar durante la dictadura e intervinieron en lugares de decisión e incluso llevaron adelante personalmente gestiones donde hubo casos de robos de niños, están en el juicio acusados sólo “por un tramo puntual”: la orden que impartieron mientras formaban parte del último gobierno de las Juntas y que disponía la destrucción de documentos y por la ley que intentó garantizar la impunidad de quienes intervinieron en la dictadura. En palabras del equipo de fiscales, integrado además por Nuria Piñol y Viviana Sánchez, “se les atribuye los últimos actos realizados por el aparato represivo estatal para lograr que las apropiaciones se puedan seguir cometiendo y gozando de impunidad, permitiendo que quienes se habían apoderado de los menores no vieran perturbado el dominio que bajo una apariencia legal ellos ejercían”.

En ese sentido, la acusación hacia ellos desde el primer momento fue un desafío, porque se debía equiparar la sanción de una ley y una orden con las acciones de los crímenes. Para demostrar, entonces, la dimensión y el peso que puede tener una ley o una orden, la fiscalía habló de cómo normas similares pueden decretar una guerra o decidir una masacre. Compararon el acta de la Junta con una “tapa” que buscó cerrar entre otras cosas el tema de los niños y dijeron: “Un acta de la junta era un acto de voluntad de sus integrantes por el cual se podía hacer cualquier cosa mientras tuvieran el respaldo militar para hacerlo. Un acta de la junta tenía el sentido que sus integrantes quisieran darle y en este caso era poner una tapa sobre el tema desaparecidos y asegurarse de que nadie pudiera abrirla. Respecto de los niños, el objetivo era que nadie pudiera perturbar a lo que ellos llamaban familias adoptivas”.

Sólo por mencionar un ejemplo más, el llamado “Documento Final” afirma que los desaparecidos “a los efectos jurídicos y administrativos se consideran muertos”. Una “muerte” que por otra parte intentó alcanzar la figura de los niños desaparecidos.

Entre las pruebas de cada uno fueron revisados nuevamente los casos de las víctimas. El de Macarena Gelman y la decisión adjudicada a Videla del traslado de su madre a Uruguay. Aquello que Juan Gelman mencionó en su declaración de que a su nuera Claudia Iruretagoyena se la llevaron como parte de un “robo de vientres”. Las dudas que todavía quedan sobre las razones por las que se hizo el traslado. Pero la certeza a la vez de que eso también se hizo porque hubo una decisión del comandante. En esa línea, mientras se enumeraban las pruebas contra Videla apareció en primer plano la responsabilidad de Bignone en un caso por el que no está imputado: es sobre la intervención que tuvo sobre lo que sucedió con Claudia, la hija de Estela de Carlotto. La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo lo visitó a través de algunas relaciones para pedirle por su hija y para decirle que si iban a asesinarla al menos le devolvieran su cuerpo. El cuerpo efectivamente apareció, luego de que Claudia diera a luz en el Hospital Militar central y le robaran a su hijo. En el juicio se indicó que la intervención de Bignone permitió que reapareciera el cuerpo de Claudia, un dato sobre el que Niklison reparó: “De los 34 casos en que acusa la Fiscalía, es el único cuerpo de una madre asesinada que fue entregado”.

Eso, por otro lado, era una respuesta al propio Bignone, que en su última intervención durante el juicio dijo que no sabía de la existencia del robo de bebés.

miércoles, 9 de noviembre de 2011

Página/12: La fiscalía pidió llevar a juicio oral a Passarella


El presidente de River Plate, Daniel Passarella, podría llegar a juicio oral por los disturbios que se produjeron en el partido en el que el equipo de Núñez descendió a la B Nacional. El fiscal penal y contravencional Gustavo Galante pidió la elevación a juicio y propuso que sea condenado a una multa de 100 mil pesos y prohibición de concurrir a los estadios durante un año. Passarella quedó acusado de sobreventa de entradas, con el agravante de los accidentes ocurridos.
La imputación comprende también el haber permitido el ingreso de público sin entrada y "haber omitido recaudos de organización y de seguridad". Por esos cargos, la lista de imputados incluye, además de Passarella, a Diego Turnes, vicepresidente; José Omar Solassi, vice segundo; Carlos Mosquera, presidente del Departamento de Seguridad; Daniel Alfredo Bravo, secretario general; Gustavo Quinteros, responsable de seguridad en el fútbol; Luis Renzi, tesorero; Cristian Francisco, gerente de Estadio; y Luis María Delaico, jefe de Seguridad del club.
Para el club, el fiscal pidió una multa de 100 mil pesos y una clausura por 30 días. Galante consideró casi un centenar de "elementos probatorios" para formular la acusación contra Passarella por los episodios registrados el 26 de junio pasado, cuando River igualó 1-1 con Belgrano de Córdoba y descendió a la B Nacional y convocó a prestar declaración testimonial a 85 personas.
El funcionario judicial pidió penas de 50 días de arresto para Passarella, Turnes, Solassi, Bravo, Renzi y Francisco, para quienes también solicitó "la restricción de concurrir a eventos deportivos que dispute el Club Atlético River Plate" por un año. Para Mosquera, Quinteros y Delaico la pena pedida es de 60 días de arresto, más la prohibición de concurrir a eventos deportivos durante 365 días.
Galante también pidió la elevación a juicio por los hechos ocurridos el 16 de noviembre de 2010, en ocasión del Superclásico ante Boca Juniors disputado en el Monumental, cuando "ingresaron al estadio al menos 54.100 espectadores, cantidad ampliamente superior a la capacidad autorizada, que fija el límite de 40.271 espectadores".
Por ese episodio el fiscal reclamó penas de multa de 100 mil pesos para el club y los dirigentes, y la clausura también por 30 días de las instalaciones. El fiscal contempló, al momento de pedir las condenas, "la educación, el nivel socio-económico-cultural de los imputados, su actitud durante y después de cometida la contravención".